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Soledad Recabarren 96x96

Hacer una revisión de las exenciones tributarias que hoy rigen en Chile, Soledad Recabarrren, abogada especialista en derecho tributario y actual coordinadora del Magíster en Derecho LLM UC, da un ejemplo. “En Chile aún está vigente una exención que libera de pago de impuestos a las viudas de los veteranos de la guerra de 1879. Comprenderás que es difícil que aún exista alguna beneficiaria”, dice.

Las exenciones son parte de la agenda de mínimos comunes que conversa el Gobierno con la Oposición y en ambas partes se las considera una de las fuentes de ingreso con que se abordará el mayor gasto fiscal que se viene en el Chile postpandemia. El punto es cuáles.

Recabarren, quien es presidenta de Celet, fundación sin fines de lucro que asesora a pymes en materias legales y tributarias, abordó el tema en una charla que dio para la Asociación Interamericana de Periodistas de Economía y Finanzas (Aipef) Chile. Para el análisis, según cuenta, escogió aquellas exenciones cuyo gasto ha sido cuantificado. Para ejemplificar la pertinencia de

- Un clásico, DFL2. - Una de las exenciones que será materia de escrutinio es la que libera del pago de contribuciones a los DFL2. Esta fue creada en 1959, con el objetivo, según explica Recabarren, de privados se interesarán en la construcción de viviendas de bajo metraje.

Exime al dueño del pago del 50% de las contribuciones por 20 años si la vivienda tiene menos de 70 metros cuadrados; por 15 años si está entre 70 y 100, y 10 años si tiene menos de 140 metros cuadrados.

La renta generada por su arriendo no tributa; se eximen del impuesto de herencia y donaciones; la utilidad de venta no tributa y los timbres y estampillas por el crédito de compra se reduce al 25% y la inscripción tiene una rebaja de 50%. En 2016 el beneficio fue limitado a dos propiedades y sólo para personas naturales, debido a que muchas sociedades compraban viviendas para arrendarlas sin tributar. Todas las compradas con anterioridad a 2010 quedaron exentas.

A mi juicio esta exención perdió su sentido original, porque hoy las viviendas pequeñas son la norma; junto a ello, como el beneficio se basa en el metraje, un departamento de 140 metros cuadrados en La Dehesa está exento, al igual que uno del mismo metraje ubicado en Pudahuel; tampoco cumple con la regla de que a un mismo nivel de ingreso, se pague un mismo nivel de impuestos, porque alguien con una renta por trabajo de $1.000.000 paga impuesto, y alguien que gana lo mismo por arrendar dos DFL2 paga cero”, señala Recabarren. “Según la estimación del Gobierno, sólo por los ingresos de los arriendos que no tributan se captarían US$354 millones”, agrega.

IVA de la construcción. - Otra liberación que está en la lista es el crédito fiscal para la construcción de viviendas. Surgió en 1997 cuando la construcción comenzó a pagar IVA.

Para que los precios de las viviendas no subieran en igual proporción al nuevo gravamen, se determinó que el 65% del impuesto del IVA tuviera el carácter de Pago Provisional Mensual (PPM). “Explicado en fácil, si una casa costaba $100, con el IVA iba a costar $119, pero como el recaudador no quería que el precio subiera en igual medida, con el PPM dio la facultad a las empresas constructoras de usar el 65% de esos $19 como un pago contra sus impuestos a la renta”, explica la abogada. En 2017 el beneficio se limitó a viviendas con un costo de construcción de hasta 2.000 UF. “Se verificó que el 25% de este tipo de propiedades son adquiridas por sociedades de inversión inmobiliaria que las arriendan”.

Si lo que se busca es que las personas accedan a una casa propia, no tiene sentido mantenerla, porque se puede ampliar el subsidio, pero si lo que persigue es que haya mayor disponibilidad, entonces sí hay que mantenerla o puede que no en Santiago, pero sí en regiones, afirma la abogada. "En cuanto a recaudación, Hacienda habló de US$669 millones”.

- Mundo bursátil. - La exención a la ganancia de acciones en la Bolsa también está en la mira. Fue creada en 2001 y buscaba atraer más inversión al rubro, tanto de actores locales como extranjeros. “Cuando vendes acciones en la Bolsa, la utilidad que genera esa venta no paga ningún impuesto, aunque sí tributan los dividendos que genera esa acción cuando los recibe un contribuyente del global complementario”, explica. “El punto aquí es la experiencia comparada. Perú grava con 5% esta utilidad, Colombia con 10%, al igual que México, que son países en desarrollo que al igual que Chile necesitan atraer inversión a sus bolsas. Yo creo que aquí el tema es cuánto. Si se grava completo con el 35%, nadie por una sola pasada estará dispuesto a transar en Chile y, por otro lado, una empresa chilena podría irse a transar a EEUU como ADR, porque allá no tiene que pagar. Yo creo que un punto debiera estar entre 10% y 15%”, señala.

“La recaudación dependerá de qué nivel de gravamen se aplique. Quienes plantean 35% hablan de US$700 millones y el Gobierno, con 10%, habló de US$215 millones”.

- Renta presunta. - Otro clásico es la renta presunta. Se trata de una tributación hecha en base a una rentabilidad estimada, no a lo que realmente generan ciertas actividades. “Es una forma muy simple de recaudar que se aplica en mercados básicos con personas que tienen menos conocimientos y no llevan contabilidad. Actualmente se usa en minería, en su mayoría los pirquineros; los transportistas de uno o dos camiones y algunos agricultores”, explica Recabarren. “Pueden usarla agricultores con ventas de hasta 9.000 UF al año ($266.409. 000), pero en ventas, no en ganancias, por lo que son explotaciones que no tienen grandes ingresos. En Chile hay 120.000 empresas en esta modalidad y, de esas, según datos de impuestos internos, 1.000 no deberían estar en ella, porque tienen facturaciones muy altas o porque no son ni agrícolas ni mineras ni de transporte”, explica. “Es un tema de cruces y buena fiscalización para sacar a quienes no debieran estar en ella”, explica. “De eliminarse, la recaudación iría entre US$200 y US$300 millones”.

- Combustibles. - El impuesto al diésel es un clásico. Fue creado en 1985 para reconstruir los caminos tras el terremoto de ese año. “Una Pyme que factura menos de 2.400 UF al año recupera el 80% y una empresa que lo hace por sobre las 20.000 UF sólo recupera el 31%”, explica. “¿Tiene sentido hoy? Probablemente no, porque el Estado ya no construye carreteras. Otra cosa es que se conciba como un impuesto verde. De ser así, surgen muchas aristas, porque hoy las empresas de plantas fijas que usan petróleo en sus procesos recuperan el impuesto al diésel íntegramente, y puede que en sus procesos contaminen mucho más que los camiones. Si este gravamen se reconceptualiza como verde, debiera pagar más quien contamina más”, explica. “En cuanto recaudación hay cifras que hablan de US$600 millones al año”.

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