La Segunda

Daniela Rivera Bravo 158

El fallo de la Corte Suprema de la semana pasada, que definió que el Estado deberá proveer a los pobladores de las comunidades de Petorca, La Ligua y Cabildo con 100 litros de agua al día por persona, podría tener una serie de consecuencias a futuro en el contexto de la sequía que afecta a varias regiones del país.

La resolución del máximo tribunal revocó la semana pasada un fallo de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, favoreciendo a las mencionadas comunidades, en un giro similar al que, a principios de este año, realizó la Suprema cuando obligó a la Municipalidad de Nogales a proveer también con 100 litros de agua diarios por persona a los pobladores de dicha comuna, además del poblado de El Melón.

'Se sienta un precedente en que se dice que el que tiene que garantizar el derecho de agua potable es un Estado, y se trata éste como un derecho humano. En Petorca se confirma la doctrina de Nogales, en que el Estado deberá garantizar 100 litros diarios por persona en lugares de sequía extrema', afirma el profesor de Derecho Administrativo de la Universidad de Chile Luis Cordero.

Sin embargo, los fallos han dejado abierta su implementación, como explica Juan Francisco Cruz, del Observatorio Judicial, quien piensa que el fallo de la Tercera Sala, si bien define el contenido del derecho –entregar 100 litros diarios de agua-, deja abierto el cumplimiento y concreción del mismo a las autoridades, ya que el Poder Judicial no tiene las herramientas concretas para hacer efectivo el fallo. En ello coincide Jorge Andrés Cash de Elías Abogados: 'Aquí la Suprema impuso una ‘obligación de hacer', una recomendación, para las que no es exigible su cumplimiento forzoso', explica.

Así, en el caso de Petorca, la Suprema ordenó a la Seremi de Salud de Valparaíso y a la Gobernación Provincial a adoptar las medidas necesarias para entregar estos recursos, mientras que en Nogales se obligó a la municipalidad. Esto podría ser un eje de conflicto en futuros hechos similares. De hecho, la Municipalidad de Nogales no quedó conforme con el fallo.

'Las personas de El Melón interpusieron un recurso contra la empresa minera Anglo American, donde decían que el uso de los derechos de agua de la empresa no permitía que la gente de la localidad tuviera el agua para cubrir sus necesidades personales. Se pedía que la empresa entregara el agua a través de camiones aljibes, pero el fallo finalmente condenó a la municipalidad, que ni siquiera había sido recurrida', explica el abogado de la Municipalidad de Nogales, Alejandro Borbarán.

¿Quién debería hacerse cargo: la municipalidad o la empresa? Borbarán ya presentó un recurso de reposición, que aún se está tramitando. Mientras, la municipalidad se ha hecho cargo de entregar los 100 litros por persona diarios con camiones aljibes que adquirió y con otros que facilitó Anglo American, explica el abogado.

Además, tanto el fallo de Nogales como el de Petorca hacen referencia a un oficio del Ministerio del Interior que regula cómo se financian las prestaciones vinculadas a las operaciones municipales en estos aspectos, así como el número de litros de agua que se debe proveer en estas situaciones. 'Ahí se habla de 50 litros, pero estos precedentes lo fijaron en 100 litros, volumen que se toma de recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud, entre otras cosas. Ambos fallos de la Corte Suprema proponen, al final, que este oficio se cambie', explica Cordero, poniendo presión sobre La Moneda.

Choque de competencias

En esa arista más política, Cruz del Observatorio Judicial advierte sobre los desafíos institucionales que puede tener este fallo dado que son los tribunales quienes están definiendo el alcance de los derechos sociales. 'Ante la tardanza del Poder Ejecutivo para dar solución a ciertos problemas, la ciudadanía ve que los tribunales fallan de manera más expedita. Y eso empieza a trasladar la política hacia los jueces (en lugar del Congreso o el Gobierno)', explica.

En tanto, Daniela Rivera, abogada directora del Centro de Derecho y Gestión de Aguas UC, asegura que el fallo 'evidencia la grave carencia de políticas públicas efectivas y de inversiones adecuadas para proveer de agua para uso personal y doméstico a todas las personas'.

Si bien en las áreas urbanas el suministro concesionado es prácticamente universal, la también docente de la Facultad de Derecho UC explica que existe una brecha muy acentuada en zonas rurales, y allí está el principal desafío para el país.

'La solución no pasa sólo por aprobar cambios normativos, sino que, más relevante aún, es el diseño y ejecución de políticas públicas adecuadas y concretas que vayan en la línea de entregar acceso a agua limpia y segura a todos los habitantes del país, con mecanismos sostenibles y no con soluciones ‘parche', como ocurre, en muchos casos, con los camiones aljibe', puntualiza Rivera.