El Mercurio / Canal 13

Carmen Dominguez 158x158

El año pasado se presentó un proyecto de ley para incorporar a los deudores de pensiones alimenticias —que no hubiesen pagado tres mensualidades consecutivas o cinco discontinuas— al boletín comercial, y ayer el Gobierno anunció una nueva iniciativa que recoge tales propuestas y añade sanciones más severas para asegurar su efectividad.

Se trata dela creación de un registro nacional de deudores que, entre otras cosas, plantea la no entrega de licencias de conducir de pasaportes a quienes sean incluidos en él, a menos que acrediten frente al tribunal la necesidad de tales documentos. También propone que al solicitar un crédito bancario por una suma igual o superior a 50 UF la entidad retenga parte de los fondos.

Lo mismo durante el proceso de devolución de impuestos y el caso de que una persona venda su inmueble o vehículo, el presidente Sebastián Piñera señaló que la iniciativa “tiene como objetivo central facilitar el pago de estas pensiones de alimentos y hacerles muy difícil la vida a los padres que quieran seguir evadiendo estas obligaciones”, a lo que el ministro de Justicia, Hernán Larraín, añadió que significará “un giro radical en la forma en que se hacen las cosas, puesto que la evidencia indica que las sanciones de arresto para los deudores de alimentos no son efectivas para el objetivo de pagar sus deudas”. Por su parte, la ministra de la Mujer y la Equidad de Género, Mónica Zalaquett, efectuó un llamado al Congreso, “para que juntos saquemos adelante todas las leyes que nos permitan avanzar a una sociedad donde hombres y mujeres tengamos los mismos derechos”

Retenciones en contratos y sueldos

Otra medida propuesta es que cuando los órganos de la administración del Estado, el Poder Judicial o el Congreso Nacional quieran realizar contrataciones, promociones o ascensos de su personal, deberán consultar previamente este registro.

De existir una deuda, para acceder al cargo el funcionario deberá autorizar la retención de un porcentaje de su sueldo, En el caso de los trabajadores con contrato a honorarios o personas que reciban pensión de vejez, invalidez o sobrevivencia, sufrirán retenciones y si una persona es despedida de su trabajo y, a la vez, es deudora, pagará la pensión alimenticia a través de la indemnización por años de servicio.

También se plantea retener las remuneraciones de los gerentes generales o directores de sociedades anónimas abiertas con transacción bursátil y que se establezca inhabilidad para recibir determinados beneficios económicos o bonos por parte de órganos de la administración del Estado. Junto con eso, en el caso de personas que postulen a la adopción de un menor, se establece como parte de la evaluación de idoneidad la verificación de no encontrarse Inscritos en el registro.

Expertos comparten propuestas, pero plantean dudas

Es una muy buena señal frente a lo sucedido el año pasado, a lo que emergió en torno a este grave número de pensiones alimenticias adeudadas y de madres que solicitaban que con cargo al retiro de deudores pagaran lo que debían de pensión de alimentos”, dice la directora del Centro UC de la Familia, Carmen Domínguez, quien además formó parte de la mesa técnica convocada por el Gobierno para trabajar este proyecto.

A su juicio, el aspecto más importante de la propuesta es “haber incluido las deudas alimenticias en los créditos de primera clase y, por tanto, pasan a tener preferencia, las pone en el lugar que corresponde”. Pero plantea que esto “tiene que ir acompañado de políticas públicas que promuevan la corresponsabilidad familiar, la complementariedad, la corresponsabilidad parental, porque lo que está en la base de esto es ciertamente algo que excede a la ley, un patrón cultural de ausentismo paterno”. El abogado en materia de familia, Christian Varela, asegura que “cualquier norma legislativa o herramienta que vaya a obtener el pago de la pensión alimenticia es bienvenida, porque efectivamente los índices son altísimos”; sin embargo, advierte posibles inconvenientes aparejados a las sanciones del proyecto, como lo referido a la retención de parte de los créditos bancarios. Aquello, dice, podría generar que el monto que se deba solicitar sea mayor, “para poder cubrir la deuda y el extra”, o que los bancos no otorguen los dineros.

Para que sea efectivo o se produzca el efecto deseado, asegura, “debemos que tener un sistema judicial o una unidad de cumplimiento que funcione bien, porque si alguien pierde un trabajo porque existe una deuda de pensión alimenticia que ya fue pagada y que lamentablemente no fue informada o no fue alzada por el tribunal, se puede causar un perjuicio muy grande”.

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