El Mercurio

Felipe Bravo 158x1582

Ad portas del plebiscito, la fundación Derecho y Defensa Animal (DyD) impulsa una campaña para que los animales sean protegidos por el Estado. Esta se suma a la iniciativa 'No son muebles', de Vegetarianos Hoy, que proyectó dicha frase en el edificio de Telefónica, en Plaza Baquedano, aludiendo al Código Civil, cuyo artículo 567 los señala como tales.

A la fecha ya son 35 las organizaciones —como las también fundaciones Arca y Apla— que han adherido a la propuesta, la que implica tres ejes: la protección individual y no solo en cuanto a especie; que el Estado ejerza la tutela de dicha garantía e identificarlos con la capacidad de sentir.

El programa de la campaña 'Animales en la Constitución' considera además 'los elementos que se deben tener en cuenta para que dicha inclusión tenga consecuencias reales y efectivas'.

¿Cuál es la diferencia de que exista una Ley de Protección Animal (20.380), a que se incluyan los animales en la Constitución?

El abogado Felipe Bravo, profesor de Derecho de la U. Católica, afirma que al constitucionalizar una regla, se mandata al legislador y a los órganos del Estado a que ejerzan su acción en una dirección dada.

'Cuando lo establece la Constitución, esto permite que la regla se interprete para más situaciones, incluyendo las normas y los procesos, por ejemplo, de producción para el consumo animal', indica.

En esa línea, el profesor y abogado asociado a DyD, Jean Menanteau, añade que 'llegamos a un punto necesario en que el Derecho y su relación con los animales debe cambiar (…). La gente tiende a pensar que a través de estas iniciativas no podrá, por ejemplo, consumir más carne, pero eso no es así'.

El académico detalla que la inclusión de los animales en la Constitución apunta también a mejorar los estándares de las empresas ligadas al consumo, desde las formas en que estos son transportados y faenados, así como también los requisitos sobre cómo deben vivir antes de su proceso de producción.

'Estos han sido los pequeños pasos que han logrado los países que ya incluyen a los animales en la Constitución', señala Menanteau.

'Es una discusión interesante, pero muy de vanguardia. Todo depende de cómo se redacte al final', añade Bravo.

Tenencia responsable de mascotas

Además de la Ley de Protección Animal, desde 2018 se suma a la legislación chilena la denominada Ley Cholito. En ese contexto, para el subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo (Subdere), Juan Manuel Masferrer, la tenencia responsable de mascotas implica un cambio cultural 'que va de la mano de entender que los animales ya son parte de nuestras familias. De ahí entiendo que algunas personas planteen la idea de incluirlos en una posible nueva Constitución, pero el cómo hacerlo y en qué tenor, es materia de quienes queden mandatados para llevar a cabo ese cambio'.

El Código Penal establece que quien cometa 'actos de maltrato o crueldad con animales será castigado con la pena de presidio menor en sus grados mínimo a medio, y multa de dos 2 a 30 UTM (desde $100.000 hasta $1.511.160), además de la accesoria de inhabilidad absoluta perpetua para la tenencia de cualquier tipo de animales.

Si bien la iniciativa se ha intensificado en la antesala del plebiscito, Menanteau dice que 'aunque gane el Apruebo o el Rechazo, seguiremos impulsando la inclusión de los animales en la Carta Magna chilena'.

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