El Mercurio

Catalina Salem 158x158

Desplazamiento presidencial: ¿Está limitado durante el estado de excepción?

A partir de la polémica que se generó por las imágenes del Presidente en una tienda de vinos el sábado en la tarde, el Gobierno ha señalado que 'su desplazamiento no está limitado a un estado de excepción'.

Lo dijo el ministro de Salud, Enrique Paris, en la conferencia del lunes, y ante una consulta de El Polígrafo para este chequeo, lo reiteró Presidencia: 'De acuerdo con el artículo 24 de la Constitución Política, al Presidente de la República le corresponde el gobierno y la administración del Estado. El Presidente ejerce dicha función en todo momento en el territorio de la República, por lo que su desplazamiento no está limitado a un estado de excepción (...) El Presidente tiene la facultad y el derecho a desplazarse'.

¿El desplazamiento del Presidente no está limitado en un estado de excepción?

Catalina Salem, académica de la Facultad de Derecho UC, explica que el Presidente durante un estado de excepción constitucional conserva todas sus atribuciones constitucionales y legales para desempeñar su función, 'además de las atribuciones extraordinarias que la misma Constitución le confiere'. Sin embargo, explica, 'es distinto cuando el ciudadano Sebastián Piñera necesita comprar un bien de primera necesidad. En ese caso debe cumplir con las normas igual que toda persona, ya que nadie está por sobre la Constitución ni las normas dictadas conforme a ella'.

En esto concuerdan los académicos Javier Couso (UDP), José Miguel Valdivia (U. Chile) y Francisco Zambrano (Usach).

Javier Couso señala que el Presidente tiene una función pública, pero puede ser que en otro momento no la desempeñe. 'Si va al cine no está ejerciendo labores de gobierno o administración de Estado, tampoco si va al funeral de un familiar o a comprar un vino, por lo tanto, ahí deben aplicarse todas las restricciones de un ciudadano común'.

En esta línea, José Miguel Valdivia agrega que 'no existe una regla constitucional que deje al Presidente desplazarse libremente' y que este último punto solo se justifica en el cumplimiento de sus funciones como autoridad.

Francisco Zambrano concuerda con los otros académicos, y explica que no puede movilizarse sin permiso como ciudadano privado. 'Es igual que un médico. Tiene autorización para salir todos los días en medida que esté en sus funciones, pero si ese médico quiere ir a comprar vino, necesita un permiso temporal'.

Por otra parte, el académico Víctor Manuel Avilés (U. Chile) indica que no existe alguna regulación específica sobre el desplazamiento del Presidente en un estado de excepción, pero 'uno esperaría que se haga una distinción entre el Presidente como autoridad y como ciudadano, y en el segundo caso, las reglas serían las mismas para todos'.

En esto coincide Sebastián Zárate (U. Andes), quien agrega que al no ser clara la norma, 'habría que ver cómo se materializa en la comisaría virtual', pero la posibilidad que tiene de circular libremente 'se debe al ejercicio que cumple como Presidente y no lo habilita para hacer una gestión privada'.

Respecto del artículo 24 de la Constitución, Valdivia, Avilés y Zárate explican que este se refiere ampliamente a las funciones y a la regulación del Presidente como jefe de Estado, encargado del orden y seguridad del país, pero no entrega detalles sobre situaciones como la del fin de semana.