El Mercurio

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Se ha sostenido que durante el estado de excepción constitucional se vulneraron los DD.HH. de manifestantes. Para analizar esto debe distinguirse el actuar estatal al momento:1) de controlar desmanes y detener personas, y 2) en que las personas ya están detenidas. Respecto de este último punto, es relativamente fácil identificar violaciones a DD.HH. Si alguien fue torturado o sometido a tratos crueles, inhumanos o degradantes, se violaron sus DD.HH. y ello debe sancionarse.

Por supuesto que las denuncias de malos tratos deben alcanzar un umbral de seriedad para que estos puedan ser considerados dentro de las categorías. Los interesados tendrán la carga de probar ante tribunales que se cometieron tales actos. Respecto de las actuaciones del Estado al controlar desmanes y detener personas, la determinación de si se han violado los DD.HH. es más compleja, pues requiere un ejercicio de juicio prudencial. En efecto, se debe ponderar la obligación del Estado de no abusar de la fuerza con la obligación estatal de garantizar los DD.HH. de los ciudadanos frente a actos violentos de terceros.

El Estado tiene la prohibición de abusar de la fuerza, pero también la obligación de usarla (incluso la fuerza letal, cuando sea estrictamente necesario). Para saber si se está "abusando" de la fuerza, hay que tener en consideración la amenaza que se enfrenta. En estos días de caos, la violencia desatada ha sido macabra, afectando gravemente actividades indispensables de todos. Ha habido cerca de 20 muertes, unas 15 causadas por actos de violentistas. La destrucción de bienes públicos y privados ha sido devastadora. Además, unos mil agentes encargados de resguardar el orden público y el Estado de Derecho han sido lesionados.

Por último, personas culpablemente desinformadas han pensado que el derecho de reunión se mantiene inalterado durante los estados de emergencia, y salieron a protestar a las calles, prestando involuntariamente un escondite a los violentistas desde donde pueden descolgarse y seguir causando destrozos. Todos estos elementos deben considerarse al determinar si el Estado ha abusado o no de la fuerza Este ejercicio de ponderación no es fácil y debe ser realizado por los tribunales (no por instituciones políticas nacionales o internacionales), considerando adecuadamente todos estos elementos en los casos concretos que les toque decidir.