Las Últimas Noticias

Patricio Carvajal 158x158 2018

El dictamen del máximo tribunal 'habla de la doctrina más moderna que este utiliza', afirma Patricio Carvajal, doctor en derecho y profesor de la UC.
 
El consorcio aeroportuario de Calama S. A. deberá pagar $9.900.000, más reajustes, a la sociedad Prospektor SpA por la desaparición de una camioneta Toyota Hilux año 2010 desde el estacionamiento del recinto, hecho ocurrido en 2014. 

Así lo establece un fallo unánime de la Primera Sala de la Corte Suprema, quien estableció la responsabilidad de la concesionaria por incumplimiento de un 'contrato de depósito' del vehículo que se dejó estacionado en el lugar el 3 de junio de 2014. 

Ese día, Ricardo Carrasco, junto a otros colaboradores, llegó al aeropuerto de Calama en la camioneta que era de su propiedad porque necesitaban viajar a Santiago por razones laborales, 'dejando aparcado el vehículo en el estacionamiento del lugar, servicio por el cual es cobrada una tarifa'. 

La sociedad Prospektor SpA interpuso una demanda 'por indemnización infraccional y por incumplimiento de contrato de depósito', la que en primera instancia 'fue rechazada por el Tercer Juzgado de Letras de Calama', explica Julio Palaviccini Magnere, abogado integrante de la Primera Sala de la Corte Suprema que dictó el fallo, magíster en derecho de la Cornell University de New York y profesor de derecho administrativo de la U. Chile. 

¿Qué es un contrato de depósito? 'Es cuando una persona le encarga a otra que cuide una cosa de su propiedad; en este caso, significa que Ricardo Carrasco, al dejar su camioneta en el estacionamiento, confió en que la empresa lo cuidaría adecuadamente, al haber sido robado, debe hacerse responsable por este descuido', explica la abogada y magíster en derecho empresarial de la U. del Desarrollo, María Fernanda Juppet. 

No fue posible contactarse telefónicamente con el consorcio aeroportuario de Calama. En la mesa central respondieron que no contaban con un vocero para hablar con la prensa. 

Un largo camino 
La historia de esta sentencia se remonta a más de cuatro años. 

El profesor Palaviccini comenta que la empresa recurrió primero al juzgado de policía local, pero la demanda fue rechazada el 9 de marzo de 2015 'al exceder el plazo de seis meses que establece la ley'. 

Acudió entonces a la Corte de Apelaciones de Antofagasta, que el 6 de octubre de 2017 'confirmó lo mismo que el tribunal anterior'. 

Pero ante la Corte Suprema, el demandante 'recurrió al recurso de casación en el fondo, el cual es un muy excepcional, exigente y especial, pues tiene por objeto que se invalide una sentencia porque hay una infracción de ley', detalla el académico de la U. de Chile. 

Este tribunal consideró que 'estaba reconocida la pérdida de la camioneta', por lo que 'el incumplimiento del contrato estaba'. 

El dictamen precisa que 'el cumplimiento (del contrato) implica que la camioneta le sea restituida; y como no lo está, la obligación debe serle cumplida por equivalencia, en lo que vale el dinero'. 

En su fallo, la Suprema determinó que el demandante debe pagar 'el valor del vehículo entregado el custodia' y estableció la suma de $9.900.000, más el reajuste del IPC 'desde la fecha en que fue presentada la demanda y hasta la fecha del pago efectivo, y con intereses corrientes para operaciones reajustables'. 

En el mercado, una camioneta Hilux año 2010 cuesta entre $8,9 millones y $10 millones, dependiendo del kilometraje. 

'El fallo de la Corte Suprema habla de la doctrina más moderna que esta utiliza, lo que significa que piensa más en el acreedor', cuenta Patricio Carvajal Ramírez, abogado, doctor en derecho y académico de Derecho UC. 

Y detalla que 'la doctrina tradicional ha sido sustituida en la Corte Suprema hace ya unos cinco años. La moderna protege y exige menos a las personas'. 

'No cabe duda de que es así', confirma Palaviccini, quien resalta que el máximo tribunal 'incluso ha fallado sobre la obligación del Estado de cancelar medicamentos que le gente no puede pagar', en casos de enfermedades crónicas.