Radio Concierto

Felipe Bravo 158x1582

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó un recurso de protección interpuesto por los dueños de departamentos de un edificio en Las Condes, quienes buscaban arrendar sus inmuebles con la aplicación Airbnb.

Básicamente, querían evitar que la administración les aplicase multas por alquilar sus propiedades por medio de la herramienta tecnológica, que permite estadías por períodos cortos de tiempo y a montos que suelen ser menores a lo que cobran los hoteles.

"Casi el 50% de la oferta hotelera en nuestro país se transa u oferta vía Airbnb", expuso el académico de la Facultad de Derecho de la UC.

En este caso, chocan dos perspectivas. Por un lado, está el dueño: "Si es mi departamento, ¿por qué no puedo hacer lo que yo quiera ahí?", ejemplificó. Y por otro, la comunidad de un edificio, la que "tiene derecho a dar ciertas reglas", lo que "puede afectar al derecho de propiedad".

"La ley establece que uso de los departamentos no pueden implicar una molestia para el resto", indica el académico. Sin embargo, lo complejo es definir qué es molesto y qué no lo es.

Más allá de estas posiciones, para Bravo lo cierto es que "quien ofrece servicios debe cumplir con la normativa sectorial, pagar impuestos, tener permisos". Luego, puede publicarlos vía sitio web o aplicación.

"Si queremos realizar una actividad de transportes, hay que cumplir con la norma de transportes", lo mismo en el sector hotelero, concluyó.

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