Diario El Pingüino 

Alberto Lyon Puelma

De forma unánime, y dos veces, los directores de las sociedades cascadas rechazaron alzar el secreto bancario, tal como lo había pedido la Fiscalía en el marco de la investigación denominada "Caso cascadas", para el período 2008-2012.

El 3 de noviembre, el abogado de las sociedades, Cristóbal Fainé, informó al 4° Juzgado de Garantía de Santiago que no accederían a la petición por no apegarse a la ley. La historia es la siguiente. El 1 de agosto, la Fiscalía Centro Norte pidió a las sociedades Pampa Calichera, Oro Blanco, Norte Grande y Global Mining, que accedieran a levantar el secreto bancario entre el 1 de enero de 2008 y el 31 de diciembre de 2012. Mientras que a Nitratos y Potasios, desde su creación (julio de 2011) hasta el 31 de diciembre de 2012.

"Teniendo en consideración que mis representadas son sociedades anónimas abiertas, con múltiples accionistas, el directorio de cada una de dichas sociedades acordó, de manera unánime, que en forma previa a pronunciarse sobre este requerimiento del Ministerio Público, solicitaría una opinión legal independiente sobre la procedencia de lo pedido por la Fiscalía", dice el escrito presentado al tribunal. Dicho trabajo fue solicitado al profesor Alberto Lyon, de la cátedra de derecho civil de la Universidad Católica de Chile.

Una vez que el directorio le informó al Ministerio que harían un estudio, un oficio firmado por el fiscal regional Andrés Montes, volvió a reiterar su petición. El 5 de octubre, las cascadas pidieron plazo hasta el 17 de octubre, cuando el profesor Lyon entregaría sus conclusiones. El 13 de octubre, y a pesar que las sociedades pidieron acotar el plazo y operaciones bancarias que necesitaban, la fiscal regional subrogante, Ximena Chong, pidió que se levantara el secreto por todo el plazo y sin discriminar operaciones específicas. Y el 18 de octubre, llegó el análisis legal independiente. En él, según el escrito del abogado Fainé, se concluyó que el secreto bancario era garantizado por la ley, y que es un derecho a la intimidad que incluso se extiende a las personas jurídicas (como las cascadas).

"El Ministerio Público no puede solicitar al juez de garantía, ni éste conceder, un acceso general a la información contenida en las cuentas corrientes bancarias de las personas naturales o jurídicas", recalcó el profesor Lyon. Y agregó que la justicia no puede requerir alzamiento de secreto bancario a sociedades que no están formalizadas en la investigación, como el caso de la causa de la Centro Norte, donde sólo hay imputados personas naturales (Aldo Motta y Claudia Morales).

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