Diario Estrategia

Sebastián Soto 158x1583

Junto con afirmar que "el reclamo por inconstitucionalidad está muy bien fundado en el requerimiento" presentado por la oposición al Tribunal Constitucional por la Reforma Laboral, el abogado constitucionalista de la PUC y ex Jefe de la División Jurídica de la Segpres, Sebastián Soto, explicó a ESTRATEGIA que "en los próximos 20 días habrá una discusión más bien formal sobre la admisibilidad y luego se comenzará a discutir el fondo".

— ¿Cuáles son los principales argumentos en juego respecto a la titularidad sindical?

— Me parece que el reclamo por inconstitucionalidad está muy bien fundado en el requerimiento y sin duda generará una intensa reflexión en el TC. A la luz de la Constitución, hoy pueden negociar los sindicatos y los trabajadores, pero con el proyecto de ley se elimina esta posibilidad de los trabajadores y se entrega un monopolio al sindicato. Si es un derecho de la persona, no es razonable que se lo quiten.

Mi impresión es que el argumento oficialista será que no hay tal despojo de derecho, sino que se obliga a negociar en un sindicato. Pero a mí me parece tan absurdo como decir que se tiene derecho a expresión, pero obligar a ejercerlo en un solo medio.

— ¿Se ven afectados los derechos de los trabajadores con la extensión de beneficios?

— Me parece que hay muchas personas, incluso dentro del Gobierno, que creen que es inconstitucional, pero no pudieron eliminar esto por razones políticas, ya que es muy claro que esta imposibilidad de extender los beneficios acordados en una negociación colectiva a aquéllos que no están sindicalizados, coacciona el ejercicio de una libertad.

Además, la libertad sindical no la impone exclusivamente la Constitución, sino que hay tratados internacionales, como los Convenios 87 y 98 de la OIT que también la establecen, además de otros tribunales constitucionales del mundo que han señalado la importancia de esta libertad. Por presiones de la CUT al Gobierno, se quiere limitar la libertad sindical, coaccionando la no sindicalización al impedir acceder a ciertos beneficios que libremente se puedan acordar con el empleador.

— ¿De qué forma la obligatoriedad de negociación interempresas para las grandes y medianas se sale del marco legal?

— La lógica constitucional ha sido siempre mantener la negociación colectiva en la empresa donde los trabajadores laboran. Con lo que se plantea en el proyecto, de un modo ambiguo, se está avanzando en una línea inadecuada, además de inconstitucional.

— ¿Es una violación de la privacidad la entrega de información sobre remuneraciones al sindicato?

— Hay que preguntarse si la remuneración de quienes no son funcionarios públicos se debe informar a otro, cualquiera que éste sea. Obviamente hay casos en donde es necesario, como en Tribunales o para pagar impuestos, pues hay un resguardo muy claro a los antecedentes. Pero aquí se está permitiendo, sin razón contundente, que quienes dirigen los sindicatos conozcan un aspecto de la vida privada sin un interés público comprometido detrás que lo justifique.

— ¿Cree que, en general, la Reforma Laboral atenta contra la libertad de las personas?

— Atenta contra muchas libertades y derechos de las personas, como el derecho a trabajo digno de cada uno, la libertad sindical y la libertad de asociación. Pero también impide algo mucho más profundo: la posibilidad de alcanzar en el corto plazo el desarrollo pleno a través de relaciones laborales pacíficas y modernas. En cambio, vuelve la espalda al futuro, con una lógica conflictiva al interior de la empresa.

— ¿Cuáles son los efectos que tendrá jurídicamente el reclamo ante el TC?

— En los próximos 20 días habrá una discusión más bien formal sobre la admisibilidad y luego se comenzará a discutir el fondo. Posiblemente habrá audiencias públicas, donde cualquier persona con interés podrá representar su parecer en el tribunal y también participarán los abogados que han presentado este requerimiento, junto al equipo del Gobierno.

Acoger el requerimiento implica que las partes impugnadas no pueden ser incorporadas a este proyecto de ley ni a otros futuros en los mismos términos que están hoy implementadas. Sería una forma de ratificar que el derecho a negociar es del trabajador, que hay libertad sindical sin coacción, que las remuneraciones son parte de la vida privada y que la negociación es al interior de la empresa.

— ¿Qué dice la experiencia respecto a temas similares en los que se ha recurrido al TC?

— En temas laborales, hace mucho tiempo que no se recurre. Uno de los casos emblemáticos fue hace casi diez años (2006), con el fallo de subcontratación, donde el TC acogió el requerimiento por unanimidad, oponiéndose a la tesis del Gobierno. El organismo no ha vuelto a conocer de estos temas por solicitud de parlamentarios, pero sí lo ha hecho por la vía de requerimientos de inaplicabilidad. No hay tanta jurisprudencia al respecto.

— ¿Cree que los parlamentarios tomarán mayores precauciones si el fallo del TC es favorable a la Oposición?

— Eso es lo que espero, pues me parece que si un proyecto de ley debe ser zanjado en el TC, es una forma de mostrar que la política no ha sido capaz de alcanzar acuerdos razonables, como se espera en el Congreso. En este proyecto de ley ha habido una posición extrema desde el inicio, que ha impuesto sus puntos de vista sin escuchar ningún argumento de razonabilidad, constitucionalidad, ni de derecho comparado.