El Mostrador

Juan Emilio Cheyre 158x158

El lunes 4 de mayo, a las diez de la mañana, nuevamente hemos visto cómo Chile es un actor relevante ante la imponente Corte Internacional de Justicia. En esa fecha se iniciaron los alegatos donde cada parte deberá presentar su argumentación con respecto a la impugnación que planteó Chile de la competencia de la Corte para conocer del caso presentado por Bolivia. Por su parte, Bolivia tendrá su turno el miércoles 6 de mayo (entre las 5 .a. m. y 8 a. m.) ; volverá Chile a su presentación el jueves 7 de mayo (entre las 1130 a. m. y 13 p. m.) y cerrara Bolivia el viernes 8 de mayo (entre las 10 a. m. y 11:30 a. m.).

Algunas cuestiones previas e importantes. La resolución de la Corte no la conoceremos de inmediato, tendrán que pasar algunos meses para que seamos informados por cuál de los más probables escenarios se pronunciará la Corte. Ellos a grandes líneas podrían ser los siguientes: i) que la Corte establezca carecer de jurisdicción para conocer y resolver sobre el fondo del caso planteado por Bolivia; ii) que la Corte decida postergar la decisión, sobre la excepción que formuló Chile, entrando a conocer el asunto de fondo y pronunciándose sobre ella al momento de dictar sentencia; iii) que la Corte se declare competente, entrando a conocer el tema de fondo.

Más allá de esas u otras opciones del probable desenlace, no debemos confundirnos con detalles con respecto al tema de fondo. Tenemos que tener muy claro que la Corte en esta etapa solo conocerá y se definirá con respecto a la competencia o incompetencia que tiene en relación con al caso. Es importante, ya que la estrategia de Bolivia tenderá a buscar unir el tema de fondo con esta excepción planteada por Chile. Aquí no hay más en juego que la jurisdicción de la Corte con respecto a conocer la demanda boliviana. Cualquier pronunciamiento en nada se referirá a la pretensión de Bolivia, que a través de una resolución de la Corte, pretende obligar a Chile a negociar una solución a su pretendido derecho, que no es más que una aspiración, de tener acceso al mar.

Con respecto a lo anterior, es decir, el verdadero objetivo que tiene Bolivia con su demanda, caben dos reflexiones. La primera es que no debemos llevarnos a engaño, ya que la demanda de Bolivia y su estrategia encierran mucho más que el simple llamado a la Corte para que nos convoque a una mera negociación. El país altiplánico lo que verdaderamente pretende es que se nos obligue a entregarles un espacio de nuestro espacio soberano terrestre y marítimo y como tal cambiar los límites expresamente definidos en el tratado de 1904. Lo segundo es que un objetivo de esa naturaleza atenta contra la esencia misma de la soberanía de un Estado cuyos límites no están en discusión y que ningún tribunal puede exigirle ceder graciosamente. Allí radica una de las causales por las cuales Chile objetó la competencia de la Corte. Se une a ello el hecho de que el Pacto de Bogotá (firmado el 30 de abril en 1948) establece que están excluidas de la jurisdicción de la Corte las materias resueltas en tratados anteriores a la fecha de celebración del Pacto. Claramente se deduce que mal podría pronunciarse la Corte sobre asuntos que establece un tratado plenamente vigente, firmado en 1904.

Los debates serán ampliamente difundidos. Bolivia intensificará su acción comunicacional. En ella ha apelado con grandilocuencia a argumentos emocionales evitando la fundamentación jurídica, desconociendo que en el fondo está objetando el contenido del tratado de 1904, eludiendo la exclusión de casos que establece el Pacto de Bogotá y haciendo aparecer a su objetivo como una mera solicitud para que se llame a Chile a negociar. En los alegatos, aunque esa argumentación nada tiene que ver con el tema en debate, es decir, la competencia de la Corte, debemos esperar volver a escuchar fundamentos y expresiones como las que hemos conocido en los últimos meses.

De allí la importancia de no caer a ese juego. Por parte de nuestra defensa y nosotros como chilenos tenemos que centrarnos en el tema de la litis. Ese no es otro que la competencia o incompetencia de la Corte para conocer y pronunciarse acerca de la demanda boliviana.

Es por ello que nuestros representantes han centrado su argumentación al objeto de su solicitud. Hemos visto una presentación de corte jurídico que ha sido acompañada en los meses previos con acciones políticas y comunicacionales. Ese tipo de trabajo ha buscado fortalecer los fundamentos de nuestra posición en ámbitos muy diversos y con actores que tienen influencia directa o indirecta en el asunto que se debatirá. En tal sentido habría sido un error, como lo han planteado algunos analistas chilenos, que nuestro país hubiera asumido una estrategia similar a la de Bolivia llena de sentimientos, emociones, juicios de valor, descalificaciones y trascendidos que vulneran la reserva en este tipo de asuntos. Pienso que nos encontramos frente a dos planteamientos distintos que necesitaban estrategias diferentes. Nuestro país ha acompañado su argumentación jurídica con un accionar político intenso, mucho de tipo reservado, y con una campaña comunicacional acorde con la seriedad del contenido jurídico de nuestra posición. Ello es consecuente con el tipo de caso a que nos enfrentamos. Chile también ha honrado en su actuar su larga tradición de un país serio que tiene principios claros en la formulación e implementación de su Política Exterior, unido al realismo que exige no abandonar el campo comunicacional y político para apoyar la componente judicial.

Sería poco adecuado predeterminar resultados y efectos. Habrá que conocer el pronunciamiento de la Corte sobre su competencia para hacerlo. Entretanto, cabe hacer votos por que el objetivo de Bolivia, de exigirnos una única solución a su aspiración y que esa fórmula atenta contra nuestra soberanía, cambie con el desenlace de este tema.

Chile y Bolivia están llamados a generar un vínculo potente de una integración positiva y virtuosa. Es de esperar que el resultado de este caso genere los espacios para que el país vecino se abra al realismo propio de las relaciones internacionales. Ello lo llevaría a comprender que acuerdos bilaterales, sin presiones externas y sin exigencias predeterminadas, siempre serán el camino para avanzar hacia soluciones factibles que convengan a las partes. En esa lógica no hay espacios para terceros, aunque sea un tribunal tan importante como la Corte Internacional de Justicia de La Haya, a la que debemos valorar y respetar cuando se atiene al ámbito de sus competencias.