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El ministro de Medio Ambiente ha anunciado una comisión para analizar cambios legales al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA). Por su parte, el senador Jaime Orpis también ha planteado una reforma al SEIA que tecnifique las decisiones.

Es un momento político interesante para la presentación de propuestas que apunten a la despolitización orgánica del SEIA y su tecnificación definitiva. En el antiguo esquema institucional ambiental, muchas veces se justificó la existencia de instancias políticas para el otorgamiento de las RCA y para las respectivas reclamaciones, dada la carencia de políticas y normativas ambientales y dado que el resorte judicial- técnico en la práctica no existía (jueces civiles).

Es por esto que quienes otorgaban las RCA eran las antiguas Coremas (intendente, gobernador, seremis, Cores) y las reclamaciones las resolvía un Consejo Directivo de Ministros. Con el rediseño institucional, se mantuvieron las instancias políticas, si bien ellas fueron acotadas. En efecto, las Coremas fueron reemplazadas por las comisiones de evaluación ambiental, manteniéndose el intendente y los seremis, y eliminándose a los gobernadores y Cores de dicha comisión.

Asimismo, se estableció en la ley que el ICE (informe consolidado de evaluación, que prepara el SEA como último acto de evaluación ambiental antes de la calificación), iba a ser vinculante en cuanto a sus aspectos normativos. Por su parte, el antiguo Consejo Directivo de Ministros dio paso al Comité de Ministros para las reclamaciones, con solo seis ministros y con competencias delineadas en el artículo 20 de la ley 19.300. Ahora bien, ¿cumplieron estas reformas con la finalidad de disminuir la politización en el otorgamiento de las RCA y tecnificar así la evaluación ambiental de proyectos? Creemos que no.

Las instancias políticas se mantuvieron y algunas decisiones y RCA se han visto influidas por motivaciones políticas, como es de público conocimiento. Por otra parte, ¿existe la necesidad de mantener un espacio político en el otorgamiento de las RCA? Tampoco lo creemos. La existencia de los Tribunales Ambientales para las reclamaciones y la creación del Ministerio del Medio Ambiente, cuya función justamente radica en ir cubriendo los espacios sin regulación con normativa ambiental, ya no justifican las instancias orgánicas de origen político en las decisiones ambientales.

Es por esto que proponemos que la evaluación ambiental sea llevada a un carril técnico eliminándose las instancias políticas del SEIA, lo cual requeriría obviamente de una modificación legal. ¿Cómo? Que la RCA sea otorgada por un organismo técnico y no político, esto es, el Servicio de Evaluación Ambiental, y que se elimine la instancia del Comité de Ministros.

PROPONEMOS que para los proyectos regionales, la RCA debería otorgarla el director regional del SEA (con reposición y jerárquico al director nacional) y con reclamación judicial al Tribunal Ambiental correspondiente a la región donde el proyecto fue evaluado, agotando previamente la vía administrativa. Para los proyectos interregionales, la RCA sería otorgada por el jefe de la división de evaluación ambiental (con reposición y jerárquico al director nacional) y con reclamación judicial al Segundo Tribunal Ambiental (Santiago), agotando también la vía administrativa. Ahora bien, de nada sirve eliminar las instancias políticas si el organismo que podría sufrir las presiones políticas es el mismo SEA. Es por eso que proponemos una mayor autonomía y perfil técnico a dicho organismo, fortaleciendo su autonomía política.

Sin perjuicio de que el Servicio de Evaluación Ambiental es Alta Dirección Pública, se requiere de algún mecanismo que genere mayor estabilidad y autonomía en el cargo de director ejecutivo de dicho servicio. Por ejemplo, podría pensarse que este cargo tuviera una duración de cinco años, pudiendo renovarse una sola vez. Asimismo, contemplar causales expresas de cesación (término período, renuncia, destitución por negligencia manifiesta e incapacidad, estas dos últimas con informe favorable de la Corte Suprema). Por otra parte, se hace indispensable fortalecer el régimen remuneratorio de los funcionarios del SEA, por ejemplo, con la entrega de asignación de fiscalización (caso de las superintendencias en general).

Finalmente, se debería propender a una mayor autonomía del SEA en su relación con el resto de los servicios con competencia ambiental, por lo cual resulta necesario otorgarle atribuciones específicas en relación con la posibilidad de excluir pronunciamientos sectoriales que no estén fundados o que vayan más allá de las competencias del respectivo servicio y de darle total autonomía al SEA en la generación del ICE (informe consolidado de evaluación).