El Mercurio

La discusión entre los accionistas minoritarios en torno las sociedades cascada con las que Julio Ponce controla SQM sigue sumando antecedentes. El miércoles pasado, a través de una carta a la SVS, las AFP Capital, Cuprum, Habitat, Planvital y Provida entregaron un informe elaborado por el abogado Arturo Yrarrázaval -del estudio Yrarrázaval, Ruiz-Tagle, Goldenberg, Lagos & Silva- que respalda que las firmas Oro Blanco y Norte Grande deben entregar la información sobre transacciones entre partes relacionadas que fue solicitada por los accionistas minoritarios en abril pasado.

Esto apunta a la compra y venta de acciones desde 2010 de sociedades de la "cascada" que poseían Norte Grande y Oro Blanco, y que totalizaron más de US$ 320 millones ($160 mil millones).

Las AFP -y otros accionistas, junto con los que representan un 10% de la propiedad de Norte Grande y Oro Blanco- solicitaron en abril llamar a juntas de accionistas para que se comunicara dicha información. Sin embargo, en las respectivas citas las firmas se negaron a entregarla.

El informe jurídico concluye que Norte Grande y Oro Blanco actuaron ilegalmente, y que la SVS debería ordenarles que dispongan de los antecedentes requeridos por las AFP. Considerando lo anterior, AFP Habitat pidió a la SVS que suspenda las próximas juntas extraordinarias de accionistas (ver recuadro).

Fundamentos

Según el texto, Norte Grande y Oro Blanco debieron entregar la información a través de hechos esenciales, ya que cumplen con el estándar legal de ser datos que un "inversionista juicioso" consideraría importantes para sus decisiones de inversión.

Pero tratándose de transacciones entre partes relacionadas, las "sociedades cascada" no informaron. Esto, debido a que ampararon las transacciones bajo el concepto legal -que se usa en casos excepcionales- de "operaciones habituales", lo que es cuestionado por el abogado.

"Es nuestro parecer que los directorios de Norte Grande y Oro Blanco -mal utilizando una norma de excepción- han ilegítimamente soslayado dar cumplimiento a los requisitos y procedimientos comunes sobre operaciones con partes relacionadas establecidas en la Ley de Sociedades Anónimas", plantea el documento.

Además, el texto señala que no se puede emplear esa norma de excepción cuando se trata de sociedades anónimas abiertas en que se hayan invertido recursos de los fondos de pensiones.

En este caso, el marco jurídico, mediante un decreto de ley, establece que las operaciones entre relacionadas deben ser aprobadas por dos tercios del directorio, entre otros requisitos.