Estrategia Legal

Constanza Hube 96x96

Recientemente fuimos testigos de un hecho anecdótico en la elección de presidente del Tribunal Constitucional (TC). Se produjo un empate en sucesivas votaciones entre la ministra Marisol Peña y el ministro Carlos Carmona. Esta inédita situación llegó tan lejos, que incluso se anunciaron posibles perjuicios para la institucionalidad politica-jurídica si no se tomaba una decisión antes que terminara el período del ex presidente del TC, Raúl Bertelsen. Finalmente, se llegó a un acuerdo en que se propuso dividir el período de dos años entre la ministra Peña y el ministro Carmona, solución que ha sido criticada por algunos al ser considerada una 'mala práctica' y por su posible ilegalidad.

¿Qué dice la norma? La Ley Orgánica del TC es bastante clara en señalar que "el presidente durará dos años en sus funciones y no podrá ser reelegido dos veces consecutivas'. Es decir, no se contempla la posibilidad de dividir el periodo, pero tampoco lo prohibe. Pese a que es legitimo el debate constitucional que se puede dar en relación con este tipo de prácticas, la realidad es que lo ocurrido revela otros aspectos débiles desde el punto de vista institucional.

En efecto, el rol del presidente del TC no es trivial, ya que no sólo le corresponde presidir las sesiones y conformar las tablas sino que también cumple una función muy importante en las votaciones como es ser el ministro que dirime los empates (exceptuando inaplicabilidad e inconstitucionalidad de preceptos legales). Por lo que una alternativa sería modificar la composición del TC, de tal manera que -al igual que en la Corte Suprema y que el propio TC antes de la reforma constitucional del 2005- el número de ministros sea impar. Por otro lado, es razonable cuestionarse si el período de dos años para la presidencia del TC es suficiente o si es mejor pensar en un periodo de duración más extenso (cuatro años).

Si bien lo ocurrido en la reciente elección en el TC no es deseable, puede tomarse como una oportunidad para avanzar en reformas a la institucionalidad de este tribunal.