Winston Alburquerque

Diario El Mercurio

Ya se ha dicho mucho sobre los negativos efectos económicos y de utilidad pública ante la falta de generación de energía que podría significar el fallo de la Corte Suprema, que acoge los recursos en contra de la Central Castilla. Sin embargo, debemos entender que esto es sólo un síntoma de una enfermedad mayor: la falta de una regulación e institucionalidad en materia de recursos naturales y la ausencia de una correcta interpretación de las mismas.

Esta sentencia sólo demuestra que estamos en un proceso de "adolescencia" jurídica, en donde estamos conscientes de nuestra nueva realidad (necesidad de explotar sustentablemente los recursos naturales), queremos contar con las nuevas herramientas que ya tenemos (nueva regulación e institucionalidad), pero todavía no conocemos cómo estas nuevas herramientas funcionan, y nos damos cuenta de que necesitamos muchas más. Ya no somos unos niños, porque vemos cambios en nosotros, pero nos falta mucho para ser adultos.

La reforma a la Ley de Bases del Medio Ambiente en 2010 buscó solucionar algunos abusos que se producían al presentar proyectos por separado, ya que al dividirlos se ven con un menor impacto, con el fin de no ingresar al Sistema de Evaluación Ambiental o entrar al Sistema en una categoría menos exigente en su evaluación. Sin embargo, hay casos en que la separación de proyectos es necesaria por razones técnicas y, sobre todo, porque cada proyecto tiene tiempos de ejecución distintos, aun cuando están interconectados.

Muchos importantes proyectos de explotación de recursos naturales en Chile se han presentado al Sistema de Evaluación Ambiental en forma separada a través de un Estudio y con los estándares más exigentes que nuestra legislación permite, e incluso con altos niveles de exigencia ambiental internacional. La separación en la presentación de estos proyectos pasa a ser más que nada un tema formal, cuya justificación está dada, principalmente, porque los proyectos de recursos naturales en el Chile de hoy tienen una envergadura que nunca nuestra historia había visto, y ello requiere de un nivel de especialidad técnica que necesita una coherencia en sus sucesivos pasos. Por lo tanto, la necesidad de presentar los proyectos por separado obedece a una necesidad técnica que se origina en las características propias de cada proyecto y que la normativa no puede cubrir en todas sus formas. Acá es donde nace la especialidad y experiencia del sentenciador para poder interpretar la normativa en su sentido más adecuado para que se ajuste a la realidad, en especial, cuando existen vacíos legales o situaciones discutibles.

Esta nueva realidad, en cuanto a la complejidad de los proyectos, requiere de una regulación moderna y, sobre todo, instituciones efectivas que tengan la capacidad de leer este nuevo contexto. Estas nuevas instituciones deben ser capaces de compatibilizar la tensión que se produce entre los diversos intereses contrapuestos (empresa-afectados), la complejidad de los proyectos, el interés público y la normativa, que puede ser interpretable.

Así, son bienvenidos los tribunales ambientales, la Superintendencia del Medio Ambiente y las reformas en los organismos sectoriales. En otras palabras, necesitamos pasar de la niñez a la adultez.