La actividad tuvo por objeto explicar la normativa vigente y cómo han fallado los tribunales, desde la perspectiva civil, administrativa y ambiental.

En el salón Aquiles Portaluppi y con transmisión simultánea en el canal de YouTube de la Facultad, se llevó a cabo el seminario Loteos rurales. Novedades legales y jurisprudenciales el martes 20 de diciembre pasado.

La profesora de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso y de la Universidad Central Jeanette Bruna fue la encargada de iniciar las exposiciones con el tema Medida precautoria en juicio de nulidad de derecho público, referida a la resolución dictada por el 7° Juzgado Civil de Santiago, que suspende la vigencia de dos actos administrativos relacionados con la subdivisión de predios rústicos.

En su presentación, planteó la relevancia de este tema no sólo por la contingencia del país, sino también por el interés público que se suscita al tratar de tutelar el derecho de propiedad del propietario de un predio rústico a través de una normativa compleja que exige la concurrencia de distintos actos administrativos. Todo ello ha motivado un conjunto de modificaciones legales y también una reforma a la Ley General de Urbanismo y Construcción, que se encuentran en trámite.

“La Corte Suprema y la Contraloría han entendido que las subdivisiones en el área rural son disfraces de verdaderos loteos irregulares que constituyen un delito urbanístico y por eso se ha perseguido penalmente a los representantes, contemplado en la ley general de urbanismo y construcción”, aseguró la académica.

“Vemos en las noticias cómo se ha tildado a algunas direcciones de obras como corruptas producto de que han otorgado permisos. Y lo único que puede hacer la dirección de obras es ver si se cumple con la normativa y no entran al análisis de la subdivisión, porque el área rural no es materia de las direcciones de obra. Entonces, es ahí en donde se produce una gran incertidumbre jurídica, no para los desarrolladores inmobiliarios o para sus equipos de abogados, sino para las personas que compran. Esa es una de las justificaciones también por las cuales se ha señalado por parte del Ministerio de Agricultura y por el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) que se dictaron estos verdaderos actos administrativos que hoy día están en pugna”, puntualizó Bruna.

Posteriormente, la profesora de Derecho Ambiental de la Universidad de Chile Ximena Insunza analizó la sentencia de Punta Puertecillo, proyecto emplazado en la comuna de Litueche y en cercanías del humedal Topocalma. A su juicio, lo que se ha generado a partir de este y otros casos es que sea el sistema de evaluación de impacto ambiental el que resuelva los efectos que producen las parcelaciones. “Pero estos van mucho más allá de lo ambiental, tienen que ver con el suelo agrícola, con el suelo forestal, finalmente con cómo queremos planificar, y esa no es la pregunta que se hace el sistema de evaluación de impacto ambiental, sino que es cuáles son los impactos y, si se producen, entonces los tengo que mitigar, reparar o compensar”, enfatizó Insunza.

A continuación, el profesor Derecho UC Jaime Alcalde presentó la ponencia titulada Aspectos registrales relacionados con los loteos rurales.

En su intervención, dijo que este problema es resultado de “un proceso inacabado, como fue la Reforma Agraria iniciada por el gobierno de Jorge Alessandri y continuada por los gobiernos que lo sucedieron”. De hecho, el Decreto ley 752 de 1974 estableció que la subdivisión predial mínima era de 20 hectáreas, pues el objetivo era evitar el minifundio en materia agraria. Después, el criterio cambió y desde el Decreto Ley 3.516 de 1980 existe una subdivisión mínima de media hectárea.

Asimismo, Alcalde, afirmó que la reforma de 2022 a la ley 20.234 da lugar a un marco jurídico “nebuloso y complejo” respecto de los predios rústicos, ya que introduce unas obligaciones a notarios y conservadores que no están del todo delimitadas. “El problema está en que las normas de esta ley exceden la finalidad de las referencias iniciales, porque lo que está buscando es evitar asentamientos irregulares y, al evitarlos, está buscando situaciones que escapen de la legalidad vigente, sea medioambiental, urbanística, eventualmente de regulación de desarrollo indígena, etcétera. Esto significa que no solamente hay que revisar el cumplimiento de las normativas recién mencionadas, sino también entre los indicios tendrá que ver el conservador o el notario si detrás está el riesgo de la formación de un loteo irregular, que es precisamente lo que se trata de evitar”, explicó.

Finalmente, Pablo Allard y Juan Francisco Sánchez, autores del estudio Parcelaciones rurales: Propuestas para un desarrollo rural sustentable, realizado para el Centro de Estudios Públicos (CEP), ofrecieron una serie de alternativas que permitan avanzar hacia un plan de desarrollo habitacional en terrenos rurales, cuidando la protección del medioambiente y, al mismo tiempo, minimizar los impactos negativos y fomentar el desarrollo local.

Entre las principales conclusiones, aludieron a la importancia de corregir algunos aspectos del Decreto ley 3.516 de 1980 en relación con el fomento a la subdivisión de zonas de alto valor agrícola o ambiental para fines residenciales, a la segregación socioespacial, al aumento de demanda y costos por infraestructura y servicios, y al alto impacto ambiental (tráfico, pozos, fosas sépticas, animales domésticos, cercos, panderetas y residuos sólidos), entre otros.

A lo anterior agregaron que “es urgente hacer un levantamiento de todas las subdivisiones ya inscritas en el SAG y que no se han ejecutado aún para dimensionar la efectividad de un eventual cambio de tamaño mínimo predial, que debe establecerse con evidencia técnica que defina un tamaño adecuado por región o intercomuna”.

El encuentro concluyó con una serie de preguntas del público que siguió el evento en forma presencial y online.

Revisa el video aquí

Revisa la galería de imágenes aquí

myFlickr