Los profesores Sandra Ponce de León y Domingo Poblete analizaron el rol de Contraloría General de la República, así como la creación de la Corte Constitucional en reemplazo del Tribunal Constitucional, de las Defensorías del Pueblo y de la Naturaleza y de la Agencia Nacional del Agua.

La sexta sesión del ciclo Miradas Derecho UC ¿Qué dice el proyecto de nueva Constitución?, moderado por la directora del Foro Constitucional UC, Alejandro Ovalle, trató sobre los órganos autónomos, tema donde los profesores de nuestra Facultad Sandra Ponce de León y Domingo Poblete se refirieron a los cambios que introduce la propuesta en relación con algunos de estos organismos que responden a necesidades de un mayor control y de especialización técnica.

El nuevo proyecto de Carta Fundamental, explicaron ambos, mantiene algunos órganos presentes en la actual carta fundamental, otorga rango constitucional a otros que solo tenían rango legal y crea además nuevas instituciones. La profesora Sandra Ponce de León sostuvo que “la idea de los controles cruzados (frenos y contrapesos) constituye una protección a las libertades y derechos de las personas frente al abuso del poder”. Sin embargo -agregó la académica como primera reflexión-, “existe un riesgo que al constitucionalizar tantos nuevos organismos en el proyecto de nueva Constitución se pueda devaluar la categoría de órgano autónomo constitucional”.

A su vez, el profesor Domingo Poblete complementó el tema asegurando que durante la discusión constitucional existió un clamor por parte de organismos existentes de transformarse en autonomías constitucionales, así como para la creación de nuevos órganos autónomos. Junto con coincidir que ello podría generar una devaluación de la categoría, destacó que se advierte que “las autonomías se utilizan para resguardar asuntos o materias especialmente sensibles para el constituyente, como los derechos humanos, la protección de la naturaleza o el tema de las aguas”.

Corte Constitucional

El segundo tema tratado fue la creación de la Corte Constitucional en reemplazo del Tribunal Constitucional. Para Ponce de León el nombre no es extraño a nivel de derecho comparado. En cuanto a sus funciones y de acuerdo a la propuesta constitucional, la profesora aclaró que la Corte Constitucional seguirá realizando labores relacionadas con el control de constitucionalidad de forma especializada y separada del Poder Judicial, sin embargo, criticó que la propuesta elimine el control preventivo de constitucionalidad de proyectos de ley que actualmente tiene el TC.

Por su parte Poblete destacó el cambio en relación al control de los reglamentos, es decir, las normas de carácter general que dicta el Presidente de la República. “La innovación interesante es que de la redacción de las normas que otorgan competencia a la Corte Constitucional pareciera desprenderse que se excluye un tipo de reglamento del control de constitucionalidad, que es el reglamento de ejecución”.

Defensorías del Pueblo y de la Naturaleza

En cuanto a la Defensoría del Pueblo, el profesor Poblete sostuvo que el proyecto de nueva Constitución le otorga amplias atribuciones que tienen directa relación con la promoción y protección de los derechos humanos. “Fiscalizará a los órganos del Estado y podrá controlar a privados que realizan actividad de servicio público en materia de derechos humanos. Sin embargo, queda la duda sobre qué tipo de control le encomienda la Constitución a este órgano, si se trata solo de un control de juridicidad o se extiende a un control de gestión o eficacia”.

En cuanto a la Defensoría de la Naturaleza, órgano creado a partir del reconocimiento de la naturaleza como sujeto de derecho, Poblete sostuvo que el proyecto le otorga amplias facultades como la protección y promoción de los derechos de la naturaleza y los derechos ambientales en general que se consagran en la Constitución “frente a actos u omisiones de los órganos de la administración del Estado o de entidades privadas, es decir, fiscalizará en el cumplimiento de los deberes ambientales”. Asimismo, el profesor planteó dudas en cuanto a la eficacia del control porque “la Defensoría de la Naturaleza carece de potestades sancionatorias, de anulación de ciertos actos o para ordenar determinadas actuaciones”. Con todo, destacó el efecto político que puede generar el control de la defensoría.

Contraloría General de la República

Finalmente, los profesores abordaron las principales novedades del proyecto de nueva Constitución en relación con la Contraloría General de la República. Sandra Ponce de León afirmó que se establece una “autonomía reforzada, por cuanto se aclara que el ámbito de acción de Contraloría se extiende a las empresas públicas y a aquellas en las que el Estado tiene participación, se habilita a la ley a señalar otros actos administrativos, distintos de los decretos y resoluciones, que pueden ser objeto de un control preventivo de legalidad y constitucionalidad, se le reconoce patrimonio y personalidad jurídica propia, se eleva a rango constitucional su facultad dictaminante, entre otras modificaciones. Destacó que la propuesta recoja la idea de las contralorías regionales, “aunque me preocupa el principio de la coordinación, pues uno espera un criterio uniforme en la labor de control”, afirmó la académica.

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