En la primera de ellas abordó los mecanismos de prevención del sobreendeudamiento de los consumidores, mientras que en la segunda, expuso sobre el principio de préstamo responsable y la forma en la que éste debería ser contruido en el marco de la denominada reforma ‘proconsumidor’.

El 22 de septiembre, el profesor Juan Luis Goldenberg ofreció la charla sobre el estatuto de cobranza extrajudicial en la Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores, que corresponde a la novena sesión del ciclo de actualización del Instituto Nacional de Jueces de Policía Local, actividad dirigida a jueces, juezas, secretarios y secretarias abogado/a de Juzgados de Policía Local. La presentación fue realizada en conjunto con la profesora Francisca Barrientos Camus, de la Universidad Alberto Hurtado, y se enfocó en una revisión completa del régimen vigente en materia de cobranzas.

Sobre esta temática, se puso énfasis en las diversas reformas que se han ido incorporando en los artículos 37 y siguientes de la Ley N° 19.496, y la forma en que estas reglas, que se formularon inicialmente en clave de derechos de información precontractual, han ido derivando en instrumentos mucho más amplios de tutela del consumidor sobre la base del respeto de su dignidad y el resguardo de la privacidad del hogar. Se relevó especialmente las sentencias de los tribunales superiores de justicia, que han revisado la materia a partir de la infracción de las garantías constitucionales por medio del recurso de protección y la última reforma sobre esta materia por parte de la Ley 21.130, de 20 de abril de 2021.

La exposición del profesor Goldenberg se enmarca en las diversas líneas de investigación desarrolladas en conjunto con la profesora Barrientos, destacando su proyecto de investigación relativo a los mecanismos de prevención del sobreendeudamiento de los consumidores y las vinculaciones existentes entre los mecanismos de financiamiento y las respuestas legislativas en escenarios de morosidad e insolvencia. En este sentido, el énfasis ha sido puesto en los cambios que se producen en las dinámicas del mercado (incluyendo, pero no limitado, al financiero) con motivo de este tipo de modificaciones legislativas.

Posteriormente, el día 24 de septiembre, el profesor Derecho UC participó en el II Congreso de Profesores de Derecho Civil, organizado por la Facultad de Derecho de la Universidad Católica del Norte. En dicha instancia, y compartiendo mesa con la profesora María Paz Gatica (Universidad Austral de Chile) y el profesor Javier Ubilla (Universidad Católica del Norte), expuso sobre el principio de préstamo responsable y la forma en la que éste debería ser construido a la luz del recientemente aprobado artículo 17 N de la Ley 19.496, en el marco de la denominada reforma “proconsumidor”.

En su ponencia, el profesor Goldenberg exploró la problemática a la luz de las técnicas de prevención del sobreendeudamiento y las ideas de corresponsabilidad en el otorgamiento del crédito y, a su vez, planteó la posibilidad de extender la sanción al proveedor financiero que no cumple con las cargas de calificación de solvencia y deberes de adecuación y consejo, superando la sola infracción normativa y proyetándola a la relación contractual. En este sentido, sin perjuicio de proponer una tutela reparatoria, se centró en la posibilidad de limitación del devengo de intereses moratorios, del modo en que se ha comprendido en el derecho comparado.