En la oportunidad expusieron los académicos Sebastián Soto, Patricio Zapata, Arturo Fermandois, y José Francisco García.

El pasado 16 y 17 de mayo, en las dependencias de la Universidad de Chile y Tribunal Constitucional respectivamente, se desarrolló el seminario El Tribunal Constitucional Chileno en Perspectiva Comparada, Propuesta para su Reforma, actividad que tuvo como objetivo reflexionar y debatir sobre aspectos centrales de la reforma de dicha entidad.

El primer panel se tituló Integración y Cuestiones Orgánicas: Propuestas de Reformas  y estuvo conformado por el profesor UC José Francisco García, quien compartió tribuna con Luis Cordero y Jaime Gajardo.

El segundo panel se tituló Atribuciones Controvertidas: Control Preventivo y contó con la participación de los profesores de la Facultad Patricio Zapata y Sebastián Soto, además de los académicos Gastón Goméz y Fernanda Atria.

Finalmente, el profesor Arturo Fermandois intervino en la segunda jornada del encuentro en el panel La Inaplicabilidad y la Inconstitucionalidad, junto a Miriam Henríquez, Ana María García, y Francisco Zuñiga.

Algunos temas tratados:

En su intervención, el profesor García se refirió a algunas de las propuestas en materia de integración y selección de ministros que han venido desarrollando el grupo de estudio de Reforma al Tribunal compuesto por 16 académicos de diversas facultades de derecho e investigadores de centros de estudio como la necesidad de aumentar el número de ministros, fortalecer el rol de las salas, aumentar los estándares de transparencia y escrutinio en el proceso de selección, reconfigurar el estatuto de inhabilidad y prohibiciones respecto de quienes pueden postular al Tribunal, al igual que un estatuto de post-empleo a los ministros salientes, entre otros.

El profesor Soto, en tanto, se refirió en términos generales al control preventivo que hace el Tribunal Constitucional de los proyectos de ley. En especial, analizó el control preventivo tanto formal como sustantivo que realiza el TC a requerimiento de parlamentarios, manifestando “es relevante mantener esta atribución tanto para proteger el debido proceso legislativo como para resolver con efecto erga omnes cuestiones constitucionales sustantivas que, de lo contrario, originarían litigios constitucionales futuros”. En definitiva, aseguró, todo control de constitucionalidad tiene que tener la posibilidad de invalidar una norma con efectos generales si es contraria a la Constitución.