Publimetro
'Es bueno estar al corriente del verdadero significado de esos sencillos términos, aval y solidario, de acuerdo a la ley'
Posiblemente usted pueda ser llamado por un amigo, pariente o compadre, para firmar algún documento según el cual quede como aval de uno de ellos. El amigo puede decirle que es su única posibilidad para comprar la casita soñada, o su primer auto, o puede que incluso tratar de convencerlo diciéndole que eso es "una pura formalidad que me pide el banco para entregarme la plata".
Cuidado. No es tan así la cosa, y es bueno estar al corriente del verdadero significado de esos sencillos términos, aval y solidario, de acuerdo a la ley.
Quien en un documento se hace responsable como aval de otra persona, así como quien declara por escrito hacerse responsable solidario con un deudor, queda expuesto a ser perseguido por el acreedor del amigo para que le pague el total de lo adeudado. En otras palabras, quien se presta para ser aval o deudor solidario se está exponiendo a tener que pagar, de su bolsillo, el total de la deuda de su amigo y si no paga, quedando sus propios bienes en peligro de ser embargados y posteriormente rematados por orden judicial.
El aval es, entonces, una garantía de pago en favor del acreedor. Se pacta más frecuentemente en pagarés y letras de cambio, y para que quede establecida la responsabilidad del que lo acepta, basta con poner su sola firma próxima a la palabra aval en cualquiera de los documentos señalados.
La expresión solidaridad, en cambio, es frecuente verla como cláusula en diferentes clases de contratos. Por ejemplo, en un contrato de arrendamiento aparecen diversas disposiciones referentes a la ubicación del inmueble (cláusulas), como también el monto de la renta mensual a pagar y otras disposiciones. Pero, frecuentemente, el arrendador propone una cláusula especial, según la cual aparece firmando el mismo contrato un tercero distinto del arrendatario, en una forma como ésta:
"Comparece don Pedro Soto Fernández, quien se obliga solidariamente con el arrendatario, a pagar la renta de arrendamiento y las sumas que correspondan por eventuales daños en la propiedad...". En tal caso, Pedro Soto. que firmó como solidario, quedó irremediablemente respondiendo al igual que el arrendatario por los incumplimientos de este último.
En consecuencia: 1. Antes de firmar un documento, lea cuidadosamente el texto y fijese si aparece cualquiera de las expresiones aval o solidario o solidaridad; 2. Si es así, recuerde a lo que se expone; 3. Si lo va a firmar, antes de hacerlo, esté dispuesto a perder el dinero, y, 4. Si usted tiene la sospecha de que no será capaz de pagar llegado el momento que le cobren, no firme por ningún motivo.
Cuidado. No es tan así la cosa, y es bueno estar al corriente del verdadero significado de esos sencillos términos, aval y solidario, de acuerdo a la ley.
Quien en un documento se hace responsable como aval de otra persona, así como quien declara por escrito hacerse responsable solidario con un deudor, queda expuesto a ser perseguido por el acreedor del amigo para que le pague el total de lo adeudado. En otras palabras, quien se presta para ser aval o deudor solidario se está exponiendo a tener que pagar, de su bolsillo, el total de la deuda de su amigo y si no paga, quedando sus propios bienes en peligro de ser embargados y posteriormente rematados por orden judicial.
El aval es, entonces, una garantía de pago en favor del acreedor. Se pacta más frecuentemente en pagarés y letras de cambio, y para que quede establecida la responsabilidad del que lo acepta, basta con poner su sola firma próxima a la palabra aval en cualquiera de los documentos señalados.
La expresión solidaridad, en cambio, es frecuente verla como cláusula en diferentes clases de contratos. Por ejemplo, en un contrato de arrendamiento aparecen diversas disposiciones referentes a la ubicación del inmueble (cláusulas), como también el monto de la renta mensual a pagar y otras disposiciones. Pero, frecuentemente, el arrendador propone una cláusula especial, según la cual aparece firmando el mismo contrato un tercero distinto del arrendatario, en una forma como ésta:
"Comparece don Pedro Soto Fernández, quien se obliga solidariamente con el arrendatario, a pagar la renta de arrendamiento y las sumas que correspondan por eventuales daños en la propiedad...". En tal caso, Pedro Soto. que firmó como solidario, quedó irremediablemente respondiendo al igual que el arrendatario por los incumplimientos de este último.
En consecuencia: 1. Antes de firmar un documento, lea cuidadosamente el texto y fijese si aparece cualquiera de las expresiones aval o solidario o solidaridad; 2. Si es así, recuerde a lo que se expone; 3. Si lo va a firmar, antes de hacerlo, esté dispuesto a perder el dinero, y, 4. Si usted tiene la sospecha de que no será capaz de pagar llegado el momento que le cobren, no firme por ningún motivo.