La Tercera / Diario 21 de Iquique

Felipe Bravo 158x1582

Señor director:

El director del Sernac afirma que como Uber no estaría cumpliendo con la regulación sectorial, ello impediría que los consumidores ejerzan sus derechos como tales.

Resulta paradójico que el Sernac interprete la normativa de manera tan poco favorable a los derechos de los consumidores. Uber y sus usuarios indudablemente cumplen con la calificación de proveedor y consumidor, de acuerdo a la Ley de Protección al Consumidor. Existiendo entre ambos un acto jurídico oneroso, ciertamente procede la aplicación de la normativa tutelar de derechos del consumidor.

Al aducir que si las personas no contratan el 'comercio establecido' no encuentra protección en la legislación, todo proveedor podría excusarse de cumplir la Ley de Protección al Consumidor argumentando la ausencia de cumplimiento de la normativa sectorial. Asimismo, implicaría un deber adicional: tener que acreditar el cumplimiento de la normativa sectorial para el ejercicio de los derechos.

Sería interesante escuchar la opinión del director del Sernac sobre este punto.