La Segunda

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¿Cuánto derecho tiene el Presidente Sebastián Piñera de opinar sobre fallos de los tribunales? Los abogados están divididos en esta estrategia del Gobierno para empujar una agenda de seguridad ciudadana.

Algunos creen que es demagogia. Otros, le recomiendan al Mandatario a usar sus facultades constitucionales para velar por la conducta de los jueces.

'La manera de hacerlo no es en un matinal', planteó el constitucionalista Patricio Zapata (DC), al referirse a los dichos que el Mandatario emitió la semana pasada, en Radio Pudahuel, respecto de que algunos jueces no aplican bien la ley.

'Es prácticamente una imputación de prevaricación', indicó Luis Cordero, experto en Derecho Administrativo.

En las últimas semanas la agenda del Gobierno ha relevado el tema de seguridad ciudadana, porque además de las críticas de Piñera —por el caso de San Antonio donde el tribunal absolvió a dos personas que fueron detenidas portando armas, 190 cartuchos y $ 4 millones 162 mil pesos— se suma el decreto para que las FF.AA. colaboren en el combate del narcotráfico en las fronteras.

'El Gobierno está jugando con fuego. No hay nada más desordenado y menos efectivo en la lucha contra la delincuencia que el Ejecutivo que se enfrasque en una polémica con un poder independiente' añadió Javier Cousso, académico UDP.

El tema de la 'puerta giratoria' de la delincuencia para Piñera ha sido recurrente. A fines de su primer mandato, en noviembre de 2013, aseveró también que 'algunos jueces no están aplicando la ley, ni respetando su letra ni su espíritu'. Y propuso la creación de un observatorio judicial que sirviera para fiscalizar la labor de los magistrados.

Esa idea, que desató una dura polémica con el Poder Judicial, finalmente solo tomó cuerpo como una iniciativa privada —sin fondos públicos—, que aún desarrolla la Universidad Adolfo Ibáñez.

Esta mañana el ministro secretario general de la Presidencia, Gonzalo Blumel dijo a Emol TV que 'lo que el Presidente ha planteado es algo muy simple: Hay algunos jueces que en algunos casos han aplicado fallos que son absolutamente incomprensibles'. Y agregó que 'la ciudadanía queda consternada'.

Patricio Zapata dijo que 'es una responsabilidad expresa del Presidente velar por la conducta ministerial de los jueces', pero agregó que la forma es mediante 'un oficio a la Corte Suprema'. Explica que en ese documento debe exponer las razones por las que cree que un juez tiene un buen o mal comportamiento. 'A mi juicio no sólo corresponde a delitos, sino también a gravísimas falta de criterio, negligencia, un juez que tiene paralizado un juicio por dos años, por ejemplo', dijo.

Luis Cordero agregó que la sensación 'es que hay una estrategia del Gobierno que es un poquito más grave que un afán populista'. 'Es pura demagogia. No creo que se trate de un suicidio en el sentido de generar un conflicto artificial', añadió.

Y enfatizó que 'las cifras, de hecho, no acompañan a ninguna de las afirmaciones del Gobierno. En Chile se realizan más de 330 mil controles de identidad al año, del total de prisiones preventivas que solicitan los tribunales la otorgan en aproximadamente el 87% de los casos, los casos en que los jueces declaran ilegal la detención es menos del 1%. Así que no hay evidencia dura que apoye la hipótesis del Gobierno'.

Constanza Hube, académica de la UC, dijo que es legítimo que 'las autoridades puedan sentirse desilusionadas por ciertos fallos'. 'En términos teóricos no me parece que por sí mismo un comentario respecto a un fallo necesariamente implique una intromisión en las facultades del Poder Judicial, aunque eso no quita que haya que cuidar el tono'.

Y sostuvo que 'muchas veces los legisladores comentan por ejemplo fallos del Tribunal Constitucional. El propio Poder Judicial al inaugurar el año entró a criticar al tribunal Constitucional, y nadie se escandaliza'.

Suprema emplazó al Presidente a usar atribución: La facultad de Piñera sobre los jueces

En Radio ADN, el vocero de la Corte Suprema, Lamberto Cisternas, le recordó al Presidente Sebastián Piñera que puede tomar acciones constitucionales si encuentra que algunos jueces 'no aplican bien la ley'.

'Si él tiene los datos de quienes específicamente están infringiendo tiene en sus manos la atribución constitucional de requerir a la Corte Suprema que se investigue el asunto y que esos jueces sean relevados', dijo Cisternas, en conversación con Mirna Schindler y Mauricio Hofmann, emplazando a Piñera. Esta facultad está regulada en los artículos 32 y 80 de la Carta Fundamental (ver recuadro).

'Por eso, la Corte Suprema ha dicho que si el Presidente tiene alguna mención respecto de un juez, que ejerza su atribución. Lo demás es tensionar y es complejo', cree Luis Cordero.

Lo dice la Constitución

-Artículo 32 (sobre facultades presidenciales), número 13 º: 'Velar por la conducta ministerial de los jueces (...) y requerir, con tal objeto, a la Corte Suprema para que, si procede, declare su mal comportamiento, o al Ministerio Público para que reclame medidas disciplinarias (...) o para que, si hubiere mérito bastante, entable la correspondiente acusación'.

-Artículo 80, inciso tercero : 'La Corte Suprema por requerimiento del Presidente de la República, a solicitud de parte interesada, o de oficio, podrá declarar que los jueces no han tenido buen comportamiento y (...), en su caso, acordar su remoción (...)'.

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