El profesor Derecho UC participó en el Ciclo de Seminarios sobre resolución colaborativa de conflictos en reparación del daño ambiental y, posteriormente, en el cuarto panel del ciclo de Diálogos sobre constitución y medio ambiente, que abordó el tema de los derechos de la naturaleza.

En el actual contexto mundial y nacional, donde se ha planteado la crisis ambiental por el cambio climático y donde además se discute la creación de una nueva carta fundamental para Chile, el tema medioambiental ha cobrado cada vez más relevancia. En ese contexto, el profesor de nuestra Facultad, Jorge Femenías participó en actividades académicas que abordaron esta temática desde diferentes aristas.

Así, el 27 de octubre recién pasado, el profesor Femenías participó en la Tercera sesión del Ciclo de Seminarios sobre resolución colaborativa de conflictos en reparación del daño ambiental, organizado por la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile. En dicha actividad, presentó la ponencia titulada Principio de indemnidad del daño ambiental: Al César lo que es del César y al medio ambiente lo que es del medio ambiente.

En su exposición, hizo una revisión por el marco normativo y planteó como máxima ineludible desde la teoría del Derecho que, para resolver los conflictos de relevancia jurídica, incluidos los ambientales, los jueces deben circunscribir su actuar a la aplicación del derecho vigente conforme a las normas positivas que regulan su actividad, “de manera tal, que no hay espacio a la política pública, a la innovación, no debería haber espacio a la justicia material y a propósito del principio de indemnidad, los sentenciadores se encuentran atados de manos a lo que dice la norma”.

El 28 de octubre, en tanto, el académico de nuestra Facultad participó en el cuarto panel del ciclo de Diálogos sobre constitución y medio ambiente que abordó el tema de los Derechos de la naturaleza. El encuentro, a través de la visión de diversos expertos, buscó analizar una eventual incorporación en nuestra carta fundamental de la naturaleza como sujeto de derecho.

En esta instancia, el profesor Femenías señaló que la constitución asegura a todas las personas el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, plasmado en el artículo 19 N°8 de nuestra actual constitución y, luego, en el artículo 19 N°24 se señala el derecho de propiedad en sus diversas especies sobre clase de bienes corporales e incorporales; inciso 3°: ‘Esta función social de propiedad) comprende cuanto exijan los intereses generales de la Nación, seguridad nacional, la utilidad y la salubridad públicas y la conservación del patrimonio ambiental’.

“Quisiera partir derribando un mito: la Constitución Política del Estado de Chile que nos rige tiene una profunda vocación ambiental. Si la gran crítica que se le hace es que exacerba el derecho de propiedad, una de las formas de limitarla es el medio ambiente. No se puede decir que no tenga una vocación ambiental; históricamente no es real, no es cierto”, explicó argumentando que la primacía de la persona humana fue la lógica que tuvo la regulación constitucional: la preocupación por el medio ambiente es una preocupación por los seres humanos, es lo que nos va a permitir desarrollarnos con dignidad.

Finalmente planteó la inquietud respecto de si es necesario que a la naturaleza se le reconozcan derechos, ante lo cual explicó que las leyes jurídicas son una creación del hombre para el hombre, que se explica en mantener la existencia de nuestra especie. “¿Yo necesito otorgarle derechos a la naturaleza y, aún más, consagrarlos en la constitución? A mí me parece que la respuesta a esta pregunta se puede lograr de maneras muy distintas sin alterar la estructura basal de lo que implica la categoría de sujeto de derecho como parte de la ciencia jurídica”, sostuvo Femenías.