Durante el encuentro el profesor Juan José Romero abordó aspectos constitucionales tributarios que se discuten en la actualidad e hizo un repaso de algunos casos de requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad conocidos por el Tribunal Constitucional.

'Las Aristas Constitucionales de la Tributación. Reflexiones sobre la Situación Actual y Futura'  fue el nombre del primer encuentro del Ciclo de Conversatorios en Materia Tributaria y Nueva Constitución organizado por la Facultad de Derecho UC y el Foro Constitucional UC, y que fue moderado por el profesor de Derecho Tributario LLM UC Eduardo Lagos.

En la ocasión el presidente del Tribunal Constitucional y profesor Derecho UC, Juan José Romero, realizó una exposición respecto a los aspectos constitucionales tributarios que se discuten en la actualidad y cómo se podrían legislar en el futuro. Sobre esto, expresó que actualmente Chile se encuentra en “una situación de cambio de la Constitución y en una atmosfera jurídica, política y económica de tensión e inestabilidad”.

En este sentido, aclaró que la tributación no está ajena a esto y que desde hace más de una década que todo el sistema tributario viene experimentando cambios. “Hay tensión en el ambiente”, expresó.

Sin embargo, agregó que desde la judicatura constitucional se pueden observar estabilidad. “Cuando se trata de la implementación o aplicación de un escenario jurídico cambiante, noto estabilidad y persistencia de la autoridad tributaria e incluso de tribunales especializados sobre la materia. La gran pregunta es si trata de una estabilidad positiva o negativa”.  

A continuación se refirió al estilo argumentativo de las sentencias de fallos dictados por el TC señaló que “el tribunal ha tenido la aptitud para develar falencias y desafíos en la administración y justicia tributaria a nivel de diseño legislativo como de su aplicación por parte de las autoridades”.

Respecto al sistema tributario, el académico sostuvo que a su juicio es “tremendamente alambicado y complejo de entender”. Indicó que se ha puesto énfasis en el “recaudar”, y esa presión por contar con recursos puede desviar o disminuir en demasía las garantías de las personas como seres contribuyentes. “Esta óptica entra en tensión con la óptica de los derechos constitucionales que se erigen como límites al poder”.

Luego, el profesor Romero hizo un repaso de algunos casos acogidos por el TC en requerimientos de inaplicabilidad cuyas causas tributarias tienen directa relación con los artículos 171 y 53 del Código Tributario. En este punto puso como ejemplo una empresa que tenía “una deuda de nueve mil millones de pesos a la cual se le cobró un interés penal de 1.5 por ciento mensual llegando a 23 mil millones. El interés moratorio provoca un desinterés para litigar afectando el derecho de defensa”, afirmó Romero.

Para concluir, y sobre las disposiciones que tienen que ver con la organización y regulación de la producción de una norma legal de carácter tributario, Romero sostuvo que en el sistema constitucional financiero hay normas que actúan entre si y que existe una idea central en lo que se refiere al impacto constitucional de dos principios que no van a cambiar y que probablemente estarán en la nueva Constitución: la prohibición de discriminar o establecer diferencias arbitrarias (igualdad ante la ley); y lo que tiene relación con el debido proceso, es decir, la racionalidad y justicia procedimental. “En base a estos dos principios se pueden abordar todos los temas tributarios aplicando analíticamente el principio de proporcionalidad y razonabilidad”.

El encuentro finalizó con algunas palabras del profesor Eduardo Lagos quien recalcó la importancia de que los principios constitucionales sean “claros y precisos” y perdurables en el tiempo. “Las disposiciones tributarias van a estar cambiando permanentemente, por eso es importante que estos principios sean conocidos por todos los contribuyentes”.

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